9.5. ¿Cómo se anotan las facturas recibidas por sujetos pasivos que NO apliquen el Régimen especial de las agencias de viajes?

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En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” del Libro registro de Facturas Recibidas se consignará el valor 01.

En las operaciones realizadas totalmente en el TAI a las que se aplique el régimen especial de las agencias de viajes, se anotará como base imponible cero y como Importe total de la factura el total de la contraprestación. No será obligatorio consignar importe en los campos “Tipo Impositivo” y “Cuota Soportada”, mientras que la “Cuota deducible” se enviará con cero.

En las operaciones realizadas totalmente en el TAI a las que se aplique el régimen general, se deberá desglosar la base imponible, la cuota soportada y la cuota deducible.

 

Fuente: Agencia Tributaria

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