2.33. ¿Se podrán consultar los datos enviados?

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Las empresas acogidas al SII podrán consultar tanto los datos enviados como los datos remitidos e imputados por los clientes y proveedores que estén acogidos al sistema (Libros registro declarados y contrastados).

Si al realizar una consulta de facturas, se supera el tope de 10.000 facturas en la respuesta, habrá que realizar nuevas consultas con la identificación de la última factura obtenida (informando el bloque “ClavePaginacion” de la petición) para obtener el resto de facturas.

Las empresas que hubieran realizado envíos en la fase de pruebas disponen de su contraste de facturas desde mayo de 2017.

 

Fuente: Agencia Tributaria

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