Directiva (UE) 2022/890 del Consejo de 3 de junio de 2022

Se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la prórroga del período de aplicación del mecanismo opcional de inversión del sujeto pasivo en relación con determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude, y del mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA

Con fecha 8 de junio de 2022 se publica en el BOE la Directiva 2022/890, de 3 de junio por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la prórroga del período de aplicación del mecanismo opcional de inversión del sujeto pasivo en relación con determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude, y del mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA.

La Directiva 2006/112/CE del Consejo permite que los Estados miembros apliquen, de manera opcional, el mecanismo de inelaceversión del sujeto pasivo para el pago del IVA de ciertas entregas de bienes y prestaciones de servicios preestablecidas (artículo 199 bis). También establece la medida especial del mecanismo de reacción rápida, en determinadas condiciones estrictas, un procedimiento que permite la aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo, de lo que resulta una respuesta más adecuada y eficaz a un fraude repentino y masivo (artículo 199 ter). El período de aplicación de ambos mecanismos finalizaba el 30 de junio de 2022 por lo que en esta Directiva se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026

Directiva (UE) 2022/890 del Consejo de 3 de junio de 2022