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Bienes de Inversión

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Este libro sólo lo llevarán aquellos sujetos pasivos que estén sometidos a la regla de prorrata. La información a suministrar consiste en la identificación del bien, fecha del comienzo de utilización del bien, prorrata anual definitiva, la regularización anual de las deducciones cuando proceda, y en el caso de entrega del bien se deberá dar de baja el bien de inversión anotando la referencia a la factura que justifique la entrega y la correspondiente regularización.

Este Libro se informará con carácter anual, siendo la información recogida en el mismo adicional al registro de las compras y ventas de bienes de inversión en los Libros registro de Facturas Recibidas y Expedidas.

  1. Agencia Tributaria Española para la declaración del IVA: