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4.8. ¿Cómo se registran los recibos de las compensaciones agrícolas, forestales o pesqueras a que se refiere el art 16.1 del Reglamento de facturación?
El expedidor del recibo lo registrará en el Libro registro de Facturas Recibidas con tipo de factura “F6” y la clave de régimen especial o trascendencia “02”. Consignará como base imponible la base sobre la que se calcula la compensación y como Importe total de la factura el total de la contraprestación. Los campos “tipo impositivo” y “cuota soportada” se dejarán en blanco y se completarán los campos “porcentaje de compensación” e “importe compensación”; como cuota deducible se consignará el importe de la compensación.
Fuente: Agencia Tributaria