4.23. En el caso de que una entidad tenga reconocida la facilitación aduanera de domiciliación (despacho con una generación de deuda recapitulativa de varios DUAS) ¿cómo se efectúa el registro?

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Se deberán registrar cada uno de los DUAS con la clave F5 y su correspondiente fecha de admisión, no obstante si los DUAS son registrados contablemente en la misma fecha, el plazo para su suministro será el mismo pudiendo remitirse todos ellos a la vez.

 

Fuente: Agencia Tributaria

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