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2.26. ¿Cómo se registra una operación de arrendamiento de local de negocio?
El arrendador registrará la factura expedida con la clave de régimen especial “11” y “12” según el arrendamiento esté o no sujeto a retención y “13” si en la factura se recogen ambos tipos de arrendamiento. En el caso de que se trate de un arrendamiento no sujeto a retención (claves “12” y “13”) deberá cumplimentar adicionalmente los campos correspondientes a la situación del inmueble y a la referencia catastral.
El arrendatario se limitará a registrar la factura recibida con la clave de régimen especial “12”.
Fuente: Agencia Tributaria