1.11. ¿Hay que enviar las facturas a la AEAT?

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No. Lo que hay que remitir son los campos de los registros de facturación que se concretan en la Orden Ministerial HFP/417/2017, de 12 de mayo, respecto de la información a que se refiere el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre.

 

Fuente: Agencia Tributaria

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